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Asesoría y protección del patrimonio


El ámbito de actuación del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural es el siguiente:
El Centro Histórico de Bogotá y su sector sur.
Núcleos fundacionales: Bosa, Usme, Suba, Fontibón, Usaquén y Engativá.
Los sectores de desarrollo individual construidos en la primera mitad del siglo XX, conformados por edificaciones desarrolladas individualmente y que corresponden a los barrios Teusaquillo, Bosque Izquierdo, La Merced, San Luis, Muequetá, Quinta Camacho, Emaús, Granada, Banco Central, Baquero, sector funerario barrio Santafé.
Los sectores con vivienda en serie, agrupaciones o conjuntos que corresponden a la Soledad, Polo Club, Popular Modelo Norte, Niza Sur I-II- III, Primero de mayo, Pablo VI (1 etapa), Centro Urbano Antonio Nariño, Unidad Residencial Colseguros, Multifamiliares del Banco Central Hipotecario, Unidad Residencial Jesús María Marulanda, Unidad Residencial Hans Drews Arango.
2090 inmuebles de interés cultural en el centro histórico (Decreto 678 de 1994).
4902 inmuebles en el resto de la ciudad (Decreto 606 de 2001).
4968 predios colindantes con inmuebles de interés cultural.
38% adicional, que corresponde a los predios localizados en zonas de influencia de bienes de interés cultural del orden nacional.
Los bienes muebles-inmuebles localizados en el espacio público.
Las intervenciones en espacio público en los sectores de interés cultural.
Procesos asociados a hallazgos arqueológicos en el Distrito Capital.

Servicios:

La Subdirección de Intervención adelanta dentro del marco del proceso de protección, cuyo objetivo general es propender por la recuperación, conservación y protección de los bienes muebles e inmuebles que constituyen el patrimonio cultural construido de Bogotá, para su promoción y disfrute por parte de la ciudadanía, los siguientes servicios:
  • Asesoría Técnica Personalizada:
Su objetivo es asesorar técnica y jurídicamente a los ciudadanos sobre los servicios brindados por la Subdirección Técnica de Intervención, dentro del marco del proceso de protección para Propender por la protección de los Bienes Inmuebles de Interés Cultural del ámbito Distrital, los inmuebles colindantes a los anteriores, y los que se localicen en Sectores de Interés Cultural. Adicionalmente, se presta servicio de asesoría a los ciudadanos que tienen trámites en curso en la entidad.
Se realiza los días martes de 8:00am a 12:30m y de 2:00 pm a 4:00 pm en el Centro de Documentación, localizado en la Calle 12B No. 2-96.
Requieren de cita previa todos los ciudadanos que hayan radicado en la entidad solicitudes de anteproyectos, equiparación a estrato 1, inclusiones, exclusiones y cambios de categoría, intervención en el espacio público de Sectores de Interés Cultural, publicidad exterior visual y control urbano y aquellos que requieran asesoría jurídica o de evaluación estructural.
Los ciudadanos interesados en programar una asesoría personalizada pueden comunicarse al teléfono 3411466, de lunes a viernes en el horario de 8:00am a 1:00pm y de 2:00pm a 5:00pm, o mediante el envío de un correo electrónico a atencionciudadania@idpc.gov.co
La orientación general a trámites será atendida sin cita previa. Tampoco necesitan cita previa los ciudadanos que asistan para pedir asesoría sobre conceptos de norma, obras mínimas y reparaciones locativas.
  •  Consulta de Expedientes del Archivo de Bienes de Interés Cultural:
Los ciudadanos interesados pueden consultar los expedientes de Bienes Inmuebles de Interés Cultural, de predios colindantes y de los ubicados en sectores de interés cultural que reposan en el Archivo de Bienes de Interés Cultural de la entidad. Algunos de los expedientes del Centro Histórico cuentan con información desde 1980. Adicionalmente, el ciudadano podrá encontrar fichas de valoración, proyectos de intervención en el espacio público de sectores de interés cultural e información técnica sobre los monumentos localizados en espacio público de sectores de interés cultural.
Este servicio se presta de lunes a viernes de 8:00am a 12:00m en el Centro de Documentación, localizado en la Calle 12B No. 2-96.
  •  Conceptos técnicos y de norma:
Son las respuestas a solicitudes radicadas por los ciudadanos, en las cuales se emiten certificaciones de Bien de Interés Cultural y/o conceptos técnicos relacionados con la norma aplicable al patrimonio arquitectónico y urbanístico de la ciudad, así como de información relacionada con los Bienes de Interés Cultural del ámbito Distrital, colindantes con Bienes de Interés Cultural y aquellos NO declarados como Bien de Interés Cultural  que se localicen en Sectores de Interés Cultural, a través de la evaluación técnica de la información relacionada con el predio de la solicitud
  •  Control urbano:
El objeto principal de este servicio es verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y arquitectónicas en lo concerniente a Inmuebles de Interés Cultural del ámbito distrital, inmuebles colindantes a éstos e inmuebles o áreas de espacio público pertenecientes a Sectores de Interés Cultural, a partir de la inspección visual de las obras de intervención que se ejecutan o se ejecutaron en dichos inmuebles y sectores, teniendo en cuenta la existencia o no de los respectivos permisos.
  • Equiparación de servicios públicos domiciliarios al estrato 1:
El objetivo de este servicio es evaluar solicitudes de equiparación a estrato uno (1) radicadas por los ciudadanos y emitir concepto si un Inmueble de Interés Cultural del distrito cumple o no con los requisitos de la normatividad vigente necesarios para que las tarifas de servicios públicos domiciliarios les sean equiparadas a las del estrato uno, como incentivo para la conservación del Inmueble de Interés Cultural.
Solicitud de Equiparación a Estrato 1 Bienes de Interés Cultural [PDF] [XLS]
  • Anteproyectos:
El Instituto estudia las solicitudes de evaluación de anteproyectos para bienes de interés cultural del ámbito Distrital y para aquellos que se localicen en el área de influencia o colinden con Bienes de Interés Cultural del ámbito nacional, previo a la radicación en las curadurías urbanas para obtener la licencia de construcción.
Según la complejidad de la obra y de la licencia a tramitar en la Curaduría Urbana, los anteproyectos pueden ser:
Ampliación: Es la autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
Modificación interior: Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida.
Restauración: Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de este, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos. Se fundamenta en el respeto por su integridad y autenticidad. Esta modalidad de licencia incluirá las liberaciones o demoliciones parciales de agregados de los bienes de interés cultural.
Reforzamiento estructural: Es la autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo resistente de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997, sus decretos reglamentarios, o las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan y el Reglamento colombiano de construcción sismo resistente y la norma que lo adicione, modifique o sustituya. Cuando se tramite sin incluir ninguna otra modalidad de licencia, su expedición no implicará aprobación de usos ni autorización para ejecutar obras diferentes a las del reforzamiento estructural.
Reconstrucción: Es la autorización que se otorga para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro. Esta modalidad de licencia se limitará a autorizar la reconstrucción de la edificación en las mismas condiciones aprobadas por la licencia original, los actos de reconocimientos y sus modificaciones.
Obra nueva: Es la autorización para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total (aplica únicamente para predios colindantes y localizados en zonas de influencia de BIC nacional, siempre y cuando no cuenten con declaratoria individual).
Cerramiento: Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.
La aprobación de estos proyectos tiene vigencia de un (1) año para los ubicados en el Centro Histórico y de dos (2) años para el resto de la ciudad.
Solicitud de Intervenciones – Anteproyectos [PDF] [XLS]
  • Reparaciones locativas:
Este servicio busca evaluar interdisciplinariamente las solicitudes de intervenciones a nivel de reparaciones locativas y obras mínimas (incluye primeros auxilios)  en los Bienes de Interés Cultural – BIC del ámbito Distrital, ya sean Inmuebles de Interés Cultural – IIC o Sectores de Interés Cultural – SIC, así como los inmuebles NO declarados como BIC que se localicen en Sectores de Interés Cultural para la protección, salvaguardia, conservación material de inmuebles patrimoniales, verificando el cumplimiento de las normas patrimoniales y técnicas, así como la viabilidad jurídica del trámite.
Solicitud de Reparaciones locativas [PDF] [XLS]
  • Publicidad exterior visual:
El objetivo es proteger los Sectores de Interés Cultural -SIC- y los Bienes de Interés Cultural –BIC- e Inmuebles colindantes a éstos del ámbito Distrital, de los cambios o modificaciones que puedan sufrir por las posibles afectaciones causadas por la instalación de Publicidad Exterior Visual -PEV-, a través de la evaluación y presentación de la respectiva solicitud, evaluando por parte de la entidad la petición realizada por el interesado.
Formularios de publicidad exterior visual [PDF] [XLS]
  • Intervenciones en espacio público en sectores de interés cultural:
La finalidad de este trámite es proteger los Sectores de Interés Cultural -SIC- y los Bienes de Interés Cultural –BIC- e Inmuebles colindantes a éstos del ámbito Distrital, de los cambios o modificaciones que puedan sufrir por las posibles afectaciones de las intervenciones en espacio público, a través de la evaluación y presentación de la respectiva solicitud evaluando por parte de la entidad la petición realizada por el interesado.
  • Intervención en bienes muebles o inmuebles en espacio público
Estudiar las solicitudes de intervención que se presenten al IDPC para la conservación, conservación-restauración, mantenimiento del entorno, traslado y cubrimiento de bienes muebles de interés cultural localizados en el espacio público del Distrito Capital, a través de la verificación de los requisitos establecidos en la normatividad vigente, con el fin de proteger el patrimonio cultural mueble y el patrimonio cultural en el espacio público de la capital.
Formulario de intervención en espacio público [PDF] [XLS]
  • Amenaza de ruina:
Emitir concepto técnico vinculante en las actuaciones administrativas que se adelanten para establecer si inmuebles con amenaza de ruina, poseen valores arquitectónicos culturales o históricos, mediante la evaluación técnica del inmueble.
  • Amparo Provisional:
Evaluar las solicitudes de amparo provisional para bienes inmuebles no declarados, radicadas en primera instancia en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, con el fin de confirmar si tienen valores urbanísticos y arquitectónicos que ameriten su declaratoria como Bien de Interés Cultural.
Las solicitudes de Amparo Provisional deben radicarse en la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, entidad que emitirá el acto administrativo correspondiente.
  • Inclusiones, exclusiones y cambios de categoría
Realizar la evaluación de las solicitudes de inclusiones, exclusiones y cambios de categoría en Bienes de Interés Cultural del Distrito Capital, remitidas por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para alimentar, actualizar y depurar el inventario de BIC.
  • Evaluación de Planes Especiales de Manejo y Protección (PEMP)
Corresponde al concepto técnico que se emite en el marco del Decreto 763 de 2009, para los inmuebles de interés cultural del Distrito Capital, que requieran elaborar un Plan Especial de Manejo y Protección, instrumento de planeación y gestión del Patrimonio Cultural de la Nación, mediante el cual se establecen las acciones necesarias con el objetivo de garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de los BIC o de los bienes que pretendan declararse como tales si a juicio de la autoridad competente dicho Plan se requiere.
  • Adopta un monumento
Este programa creado por el IDPC gestiona el acercamiento y la cooperación con entidades públicas, privadas y personas naturales para promover el sentido de pertenencia de la ciudadanía con los monumentos ubicados en espacio público del Distrito Capital, que culmina con la entrega en adopción de los monumentos en alguna de las siguientes líneas de protección: restauración, mantenimiento, conservación preventiva, defensa, divulgación, Investigación y/o pedagogía.  



Trámites y servicios


Basílica y claustro de nuestra Señora de Monguí. Foto: Carolina Márquez Díaz
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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA INTERVENIR UN BIEN DE INTERÉS CULTURAL DEL ÁMBITO NACIONAL
¿En qué consiste el trámite?
Si usted como ciudadano, sea persona natural o jurídica, desea obtener la aprobación del Ministerio de Cultura para intervenir un inmueble declarado como Monumento Nacional o Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional, un inmueble  localizado en el área de influencia, colindante con un Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional, o que se localice dentro de un Sector Histórico, y pretenda realizar obras que puedan afectar las características de éste, deberá obtener autorización para dichos fines de parte del Ministerio de Cultura.
TIPOS DE INMUEBLES QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN PARA SU INTERVENCIÓN
BIEN DE INTERÉS CULTURAL DEL ÁMBITO NACIONAL – BIC Nal
Entiéndase por bien de interés cultural  todos aquellos inmuebles que presentan características excepcionales y se encuentran protegidos mediante declaratoria expedida por el Ministerio de Cultura.


INMUEBLE COLINDANTE CON UN BICNAL
Entiéndase por inmueble colindante a los predios que limitan con el bien de interés cultural por cualquiera de sus fachadas o sus lados.

INMUEBLE LOCALIZADO EN ZONA DE INFFLUENCIA DE UN BIC Nal
La resolución 1359 del 24 de mayo de 2013 delimita la zona de influencia de los BIC Nal que no cuentan con estas definidas.
Al respecto, aclara que la zona de influencia está comprendida por 100 metros lineales contados a partir de la finalización del área afectada, por cada uno de sus fachadas, hasta formar un polígono, y toma predios completos en los casos en que estos se vean afectados parcialmente. En caso de intersecar cursos de agua, se incluye la ribera opuesta.
Entiéndase por área afectada la demarcación física del inmueble, conjunto de inmuebles, unidad predial, o según conste en el acto de declaratoria.




PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRÁMITE 
-    Decreto 1126 de 1999. 
-    Resolución 395 de 2006.
-    Ley General de Cultura 397 de 1997 modificada y adicionada por la Ley 1185 de 2008.
-    Decreto 763 de 2009 y Resolución 0983 de 2010.
OTROS DATOS SOBRE EL TRÁMITE:
Valor: No tiene costo
Forma de pago:  No aplica
Duración: 60 días
Dependencia a la que corresponde realizar la coordinación administrativa del trámite: Dirección de Patrimonio - Grupo de Intervención de Bienes de Interés Cultural, Grupo de Protección de Bienes de Interés Cultural, Grupo de Bienes Culturales Muebles (Segun el caso).
LUGAR AL CUAL DEBE ACUDIR EL CIUDADANO
Entidad: Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura
Dirección: Carrera 8 # 8-55 Bogotá D.C.
Teléfono (571) 3424100

 Edificio Cubillos, Bogotá. Foto Carlos Amézquita Merchán        

  
PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Se evaluarán los estudios y proyectos de intervención que tengan la documentación completa conforme a los requisitos, de lo contrario se devolverán al solicitante sin emisión de concepto.
Los documentos deberán entregarse foliados, en carpetas tamaño oficio en cartulina de PH Neutro con gancho legajador de plástico, con un máximo de 200 folios por carpeta.
Todos los planos, estudios e informes deben estar firmados por los profesionales responsables de los mismos y entregarse en medio impreso con fotografías a color y copia en medio digital.
Los planos impresos deberán entregarse en papel blanco opaco en tamaño unificado preferiblemente pliego, doblados, a escalas adecuadas de acuerdo al proyecto.  Se debe prever un área libre cerca del rótulo de aproximadamente 10 cms. Para los sellos.
El conjunto de planos deberán ceñirse a las normas generales de presentación establecidas por la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura así:
-    Planos de Levantamiento (L),
-    Planos de Calificación (C ),
-    Planos de Proyecto (P),
-    Planos de Detalles (D).
Así mismo se solicita atender las recomendaciones de presentación de proyectos dadas por el Consejo profesional nacional de arquitectura y sus profesiones auxiliares –CPNAA- en la cartilla “Guía y estándares para el desarrollo gráfico del proyecto (2005)”, presentado toda la documentación gráfica de manera clara, legible y acorde con los estándares de dibujo. Para mayor información consulte la página web http://www.cpnaa.gov.co/es/content/material-de-difusión.
Para la evaluación del proyecto, se radicará un solo juego de planos, una vez autorizado el proyecto, se deberá remitir a la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura dos juegos de planos, un original y una copia. El original reposará en el archivo de esta Entidad y las copias se entregaran al solicitante con el respectivo sello de autorización.
TIPOS DE INTERVENCIONES A REALIZAR EN BIENES DE INTERÉS CULTURAL
INTERVENCIONES MÍNIMAS:
Los artículos 26 y 27 de la resolución 0983 del 20 de mayo de 2010 reglamenta lo relacionado a las intervenciones mínimas  de bienes de interés cultural que no requieren autorización previa mediante acto administrativo. En estos casos, el propietario deberá informar el tipo de intervención realizada a la Dirección de Patrimonio, con el fin de llevar el registro correspondiente sobre los inmuebles.
Dentro de estas intervenciones se encuentran las siguientes:
-    Limpieza superficial de fachadas sin productos químicos.
-    Mantenimiento de pintura de interiores o exteriores, con excepción de superficies con pintura mural o papel de colgadura.
-    Mantenimiento de cubiertas mediante acciones tales como limpieza, reposición de tejas e impermeabilizaciones superficiales que no afecten las condiciones físicas del inmueble y mantenimiento de elementos para control de aguas como canales, bajantes, goteros y, alfajías, entre otros.
-    Reemplazo o restitución de elementos de acabado, puntuales y en mal estado, así como de elementos no estructurales.
-    Remoción de elementos ajenos a las características constructivas y arquitectónicas del bien.
-    Obras de primeros auxilios tales como apuntalamiento de muros o elementos estructurales, sobrecubiertas y cerramientos provisionales que eviten  el saqueo de elementos y/o partes del inmueble, carpinterías, ornamentaciones, bienes muebles, entre otros, siempre y cuando no alteren la integridad del bien.
Por otra parte, el Artículo 41 del decreto 763 de 2009 indica las diferentes obras que se pueden efectuar en BIC inmuebles, de acuerdo con el nivel de intervención permitido y previa autorización de la autoridad competente:

Casa en el Valle del alto Ricaurte, Boyacá. Foto Carlos Amézquita Merchán         
  
REPARACIONES LOCATIVAS:
Obras para mantener el Inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su materia original, su forma e integridad, su estructura portante, su distribución interior y sus características funcionales, ornamentales, estéticas, formales y/o volumétricas. Incluye la sustitución, mejoramiento y/o ampliación de redes de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, ventilación, contra incendio, de voz y datos y de gas.
REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL: 
Es la consolidación de la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismorresistente de acuerdo con lo contemplado en la normativa vigente.
REHABILITACIÓN O ADECUACIÓN FUNCIONAL:
Obras necesarias para adaptar un inmueble a un nuevo uso, garantizando la preservación de sus características. Permiten modernizar las instalaciones, y optimizar y mejorar el uso de los espacios.
RESTAURACIÓN
Obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de éste, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos. Se fundamenta en el respeto por su integridad y autenticidad.
Dentro de las obras de restauración se contemplan también las siguientes intervenciones:
CONSOLIDACIÓN
Fortalecimiento de una parte o de la totalidad del inmueble.
Nota: Conforme al Decreto 1469 de 2010, por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; las obras de vonsolidación estarían contempladas dentro de la modalidad de restauraución o reforzamiento estructural según sea el caso.
REINTEGRACIÓN
Obras dirigidas a restituir elementos que el Inmueble ha perdido o que se hace necesario reemplazar por su deterioro Irreversible.
                                                                                                                                                                                                                       Nota: Conforme al Decreto 1469 de 2010, por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; las obras de reintegración estarían contempladas dentro de la modalidad de restauraución o reforzamiento estructural según sea el caso.
OBRA NUEVA
Construcción de obra en terrenos no construidos. ("…(…) o cuya área esté libre por autorización de demolición total": Tomado del Decreto 1469 de 2010, por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas)
AMPLIACIÓN
Incremento del área construida de una edificación existente, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
MODIFICACIÓN
Obras que varían el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su Área construida.
DEMOLICIÓN TOTAL
Derribamiento total o parcial de una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios.
LIBERACIÓN (DEMOLICIÓN PARCIAL)
Obras dirigidas a retirar adiciones o agregados que van en detrimento del inmueble ya que ocultan sus valores y características. El proceso de liberación de adiciones o agregados comprende las siguientes acciones:
-    Remoción de muros construidos en cualquier material, que subdividan espacios originales y que afecten sus características y proporciones.
-    Demolición de cuerpos adosados a los volúmenes originales del inmueble, cuando se determine que éstos afectan sus valores culturales.
-    Reapertura de vanos originales de ventanas, puertas, óculos, nichos, hornacinas, aljibes, pozos y otros.
-    Retiro de elementos estructurales y no estructurales que afecten la estabilidad del inmueble.
-    Supresión de elementos constructivos u ornamentales que distorsionen los valores culturales del inmueble.
Nota: Conforme al Decreto 1469 de 2010, por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; las obras de liberación estarían contempladas dentro de la modalidad de demolición parcial
RECONSTRUCCIÓN
Obras dirigidas a rehacer total o parcialmente la estructura espacial y formal del inmueble, con base en datos obtenidos a partir de la misma construcción o de documentos gráficos, fotográficos o de archivo.
CERRAMIENTO PERMANENTE
Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.
REQUISITOS
De acuerdo con el tipo de inmueble y tipo de obra consulte los requisitos y formatos establecidos haciendo link en los siguientes vínculos:


Requisitos para intervenir un inmueble declarado BIC, colindante o en su área de influencia. 


Elaborado por Oscar Perez

Arquitecto especialista en gestion de proyectos si necesitas desarrollar algun proyecto arquitectonico en Bogota contacteme en el 3196955606 o visita mi pagina en www.arquitectobogota.tk

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